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Modelo 232 AEAT Operaciones Vinculadas


¿Tienes la obligación de informar o documentar operaciones vinculadas?

modelo 232

Diferencias entre informar y documentar operaciones vinculadas

Es fundamental entender las distinciones entre documentar e informar sobre operaciones vinculadas, especialmente en el contexto del modelo 232. En este artículo, exploraremos los límites económicos, las formas de proporcionar información, los plazos y las sanciones aplicables a cada obligación.

Obligaciones según la normativa del Impuesto sobre Sociedades

La normativa establece diversas obligaciones de información y documentación sobre operaciones vinculadas, cada una con sanciones específicas por incumplimiento. A continuación, se presentan las diferencias clave:

1. Límites económicos

Tipo de operaciónTotal de operacionesObligaciones de DOCUMENTARObligaciones de INFORMAR
Operaciones corrientes> 250.000 € con la misma entidadSí (completa o simplificada)Sí
Operaciones “de riesgo”> 250.000 € con la misma entidadSí (siempre completa)Sí
Más de 100.000 € del mismo tipoEn el ejercicioNo, salvo que supere 250.000 €Sí
Operaciones del mismo tipo> 50% de la cifra de negocioNo, salvo que supere 250.000 €Sí
Operaciones con paraísos fiscalesCualquier importeSíSí

2. Formas de proporcionar información

Información necesariaObligaciones de DOCUMENTARObligaciones de INFORMAR
Documentación del contribuyenteNo existe un modelo específico, salvo en ERDsInformación contenida en la Orden HFP/816/2017, Modelo 232
Documentación del grupoNo existe un modelo específicoHerramienta Complylaw para operaciones vinculadas
Información país por paísModelo 231, según el art. 14 RIS 2015Modelo 231, según el art. 14 RIS 2015

3. Plazos

calendario modelo 232
  • Documentación: Debe estar disponible para la Administración tributaria a partir de la finalización del plazo voluntario de declaración (4 meses tras la presentación del IS).
  • Información: Debe ser presentada en noviembre, con un plazo específico que para el ejercicio 2023 termina el 2 de diciembre de 2024.

4. Sanciones

sanciones modelo 232 operaciones vinculadas
Obligaciones de Documentar:
  • Infracciones Graves: Falta de aportación o aportación incompleta resulta en una multa de 1.000 € por cada dato omitido o 10.000 € por conjunto de datos, con un límite máximo que se determina según el 10% del total de operaciones realizadas o el 1% de la cifra de negocios.
Obligaciones de Informar:
  • Infracciones Leves: Multa fija de 20 € por dato omitido, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
  • Infracciones Graves: Presentación incorrecta o incompleta puede resultar en multas proporcionales de hasta el 2% del importe de las operaciones no declaradas.

Esta información es esencial para garantizar el cumplimiento normativo y evitar sanciones. Si necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con APF Consultores.

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