El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria para residentes fiscales en España que posean bienes y derechos en el extranjero. Su correcta presentación resulta esencial para evitar sanciones y contingencias fiscales derivadas de una incorrecta declaración o de su omisión.
En APF Consultores ofrecemos un servicio especializado en la preparación y presentación del Modelo 720, garantizando el cumplimiento normativo y la seguridad jurídica del contribuyente.
Qué es el Modelo 720 y quién está obligado a presentarlo
El Modelo 720 es una declaración informativa regulada por la normativa tributaria española que obliga a informar sobre determinados activos situados fuera del territorio nacional.
Están obligados a su presentación:
Personas físicas residentes fiscales en España Personas jurídicas residentes Establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes
La obligación surge cuando se superan determinados umbrales económicos en relación con los bienes en el extranjero.
Bienes y derechos que deben declararse
La declaración se estructura en tres bloques diferenciados, cada uno de los cuales debe analizarse de forma independiente.
Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, incluyendo cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo y cualquier tipo de cuenta de la que se sea titular, autorizado o beneficiario.
Valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, tales como acciones, participaciones, fondos de inversión, seguros de vida o rentas vitalicias.
Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados fuera de España.
Límite de 50.000 euros: cuándo existe obligación
La obligación de presentar el Modelo 720 se activa cuando el valor conjunto de cada uno de los bloques supera los 50.000 euros.
No se trata de un límite global, sino individual por categoría. Es suficiente con superar dicho umbral en uno solo de los bloques para que exista obligación de declarar.
Obligación en años posteriores
Una vez presentada la declaración, no es necesario volver a presentarla cada año, salvo en los siguientes supuestos:
Cuando el valor de los bienes en un bloque haya aumentado en más de 20.000 euros respecto de la última declaración presentada.
Cuando se produzca la pérdida de titularidad de alguno de los bienes previamente declarados.
Cómo se valoran los bienes en el extranjero
La correcta valoración de los activos es un elemento crítico en la preparación del Modelo 720.
Las cuentas bancarias deben declararse indicando el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre del año.
Los valores y activos financieros se declaran por su valor de mercado o valor liquidativo.
Los bienes inmuebles deben declararse por su valor de adquisición.
Una valoración incorrecta puede dar lugar a regularizaciones fiscales y sanciones.
Plazo de presentación del Modelo 720
El plazo de presentación se sitúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que corresponde la información declarada.
El incumplimiento de este plazo puede dar lugar a la imposición de sanciones.
Riesgos fiscales y régimen sancionador
Aunque el régimen sancionador ha sido modificado tras la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el incumplimiento de la obligación de presentar el Modelo 720 sigue conllevando riesgos fiscales relevantes.
Entre ellos destacan posibles sanciones económicas, procedimientos de comprobación por parte de la Administración Tributaria y regularizaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre el Patrimonio.
La correcta presentación de la declaración es fundamental para evitar contingencias fiscales futuras.
Servicio especializado en Modelo 720
En APF Consultores ofrecemos un servicio integral orientado a garantizar el cumplimiento de esta obligación tributaria con el máximo rigor técnico.
Nuestro servicio incluye el análisis individualizado de la situación del contribuyente, la identificación de los activos sujetos a declaración, la correcta valoración de los mismos y la presentación telemática del Modelo 720.
Trabajamos con un enfoque preventivo, orientado a minimizar riesgos y asegurar la coherencia con el resto de obligaciones fiscales del cliente.
Por qué confiar en APF Consultores
Contar con asesoramiento especializado en la preparación del Modelo 720 permite evitar errores frecuentes, reducir riesgos fiscales y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
Nuestro equipo cuenta con experiencia en fiscalidad internacional y en la gestión de patrimonios con elementos en el extranjero, ofreciendo soluciones adaptadas a cada cliente.
Solicitar asesoramiento
Si dispone de bienes en el extranjero o tiene dudas sobre su obligación de presentar el Modelo 720, puede contactar con nuestro equipo para un análisis personalizado de su situación.
Le ayudaremos a cumplir con la normativa y a evitar riesgos innecesarios mediante una correcta planificación y ejecución de la declaración.
Hablemos
Déjanos tus datos y te contactamos en menos de 24h
Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero superiores a 50.000 euros
El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria para residentes fiscales en España que posean bienes y derechos en el extranjero. Su correcta presentación resulta esencial para evitar sanciones y contingencias fiscales derivadas de una incorrecta declaración o de su omisión.
En APF Consultores ofrecemos un servicio especializado en la preparación y presentación del Modelo 720, garantizando el cumplimiento normativo y la seguridad jurídica del contribuyente.
Qué es el Modelo 720 y quién está obligado a presentarlo
El Modelo 720 es una declaración informativa regulada por la normativa tributaria española que obliga a informar sobre determinados activos situados fuera del territorio nacional.
Están obligados a su presentación:
Personas físicas residentes fiscales en España
Personas jurídicas residentes
Establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes
La obligación surge cuando se superan determinados umbrales económicos en relación con los bienes en el extranjero.
Bienes y derechos que deben declararse
La declaración se estructura en tres bloques diferenciados, cada uno de los cuales debe analizarse de forma independiente.
Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, incluyendo cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo y cualquier tipo de cuenta de la que se sea titular, autorizado o beneficiario.
Valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, tales como acciones, participaciones, fondos de inversión, seguros de vida o rentas vitalicias.
Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados fuera de España.
Límite de 50.000 euros: cuándo existe obligación
La obligación de presentar el Modelo 720 se activa cuando el valor conjunto de cada uno de los bloques supera los 50.000 euros.
No se trata de un límite global, sino individual por categoría. Es suficiente con superar dicho umbral en uno solo de los bloques para que exista obligación de declarar.
Obligación en años posteriores
Una vez presentada la declaración, no es necesario volver a presentarla cada año, salvo en los siguientes supuestos:
Cuando el valor de los bienes en un bloque haya aumentado en más de 20.000 euros respecto de la última declaración presentada.
Cuando se produzca la pérdida de titularidad de alguno de los bienes previamente declarados.
Cómo se valoran los bienes en el extranjero
La correcta valoración de los activos es un elemento crítico en la preparación del Modelo 720.
Las cuentas bancarias deben declararse indicando el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre del año.
Los valores y activos financieros se declaran por su valor de mercado o valor liquidativo.
Los bienes inmuebles deben declararse por su valor de adquisición.
Una valoración incorrecta puede dar lugar a regularizaciones fiscales y sanciones.
Plazo de presentación del Modelo 720
El plazo de presentación se sitúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que corresponde la información declarada.
El incumplimiento de este plazo puede dar lugar a la imposición de sanciones.
Riesgos fiscales y régimen sancionador
Aunque el régimen sancionador ha sido modificado tras la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el incumplimiento de la obligación de presentar el Modelo 720 sigue conllevando riesgos fiscales relevantes.
Entre ellos destacan posibles sanciones económicas, procedimientos de comprobación por parte de la Administración Tributaria y regularizaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre el Patrimonio.
La correcta presentación de la declaración es fundamental para evitar contingencias fiscales futuras.
Servicio especializado en Modelo 720
En APF Consultores ofrecemos un servicio integral orientado a garantizar el cumplimiento de esta obligación tributaria con el máximo rigor técnico.
Nuestro servicio incluye el análisis individualizado de la situación del contribuyente, la identificación de los activos sujetos a declaración, la correcta valoración de los mismos y la presentación telemática del Modelo 720.
Trabajamos con un enfoque preventivo, orientado a minimizar riesgos y asegurar la coherencia con el resto de obligaciones fiscales del cliente.
Por qué confiar en APF Consultores
Contar con asesoramiento especializado en la preparación del Modelo 720 permite evitar errores frecuentes, reducir riesgos fiscales y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
Nuestro equipo cuenta con experiencia en fiscalidad internacional y en la gestión de patrimonios con elementos en el extranjero, ofreciendo soluciones adaptadas a cada cliente.
Solicitar asesoramiento
Si dispone de bienes en el extranjero o tiene dudas sobre su obligación de presentar el Modelo 720, puede contactar con nuestro equipo para un análisis personalizado de su situación.
Le ayudaremos a cumplir con la normativa y a evitar riesgos innecesarios mediante una correcta planificación y ejecución de la declaración.
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