España sigue siendo uno de los destinos preferidos para compradores internacionales de vivienda. Muchos extranjeros adquieren un inmueble no solo para disfrutarlo durante determinadas épocas del año, sino también como inversión mediante el alquiler turístico o residencial.
Sin embargo, alquilar una vivienda en España implica una serie de obligaciones fiscales que conviene conocer desde el primer momento para evitar sanciones, recargos o problemas con la Agencia Tributaria.
Desde APF Consultores explicamos de forma clara cuáles son los impuestos y trámites que debe cumplir un propietario extranjero que obtiene rentas por alquiler en España.
¿Qué ocurre fiscalmente cuando un extranjero alquila una vivienda en España?
Cuando una persona no residente fiscal en España obtiene ingresos por el alquiler de una vivienda situada en territorio español, esos ingresos tributan en España, independientemente del país donde resida el propietario.
La fiscalidad dependerá principalmente de:
Si el propietario reside en un país de la Unión Europea o fuera de la UE.
Si el alquiler es residencial o turístico.
Si existe o no convenio de doble imposición entre España y el país de residencia.
El impuesto principal: Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
El principal tributo que afecta a los extranjeros propietarios de inmuebles alquilados en España es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
¿Quién está obligado a presentarlo?
Todos los propietarios no residentes que obtengan ingresos por alquiler de inmuebles en España.
Incluso aunque el inmueble esté vacío durante parte del año, pueden existir obligaciones fiscales adicionales por imputación de rentas inmobiliarias.
¿Cuánto se paga?
Propietarios residentes en la Unión Europea, Islandia o Noruega
Tributan actualmente al:
19% sobre el beneficio neto
Esto significa que pueden deducirse determinados gastos relacionados con el alquiler, tales como:
Intereses hipotecarios
IBI
Comunidad de propietarios
Seguro del hogar
Reparaciones y mantenimiento
Honorarios de agencia
Suministros asumidos por el propietario
Amortización del inmueble
Propietarios residentes fuera de la Unión Europea
Tributan generalmente al:
24% sobre los ingresos brutos
En estos casos, con carácter general no pueden deducirse gastos.
¿Cada cuánto se presenta el impuesto?
La presentación del IRNR se realiza normalmente de forma:
Trimestral, cuando existe alquiler.
Mediante el Modelo 210.
Los plazos habituales son:
1º trimestre: del 1 al 20 de abril
2º trimestre: del 1 al 20 de julio
3º trimestre: del 1 al 20 de octubre
4º trimestre: del 1 al 20 de enero
Una incorrecta presentación o la falta de declaración puede derivar en sanciones e intereses.
¿Y si la vivienda se alquila de forma turística?
Cuando el inmueble se destina al alquiler vacacional o turístico, las obligaciones fiscales pueden aumentar considerablemente.
Además del IRNR, pueden existir obligaciones relacionadas con:
Declaración de actividad económica
IVA en determinados supuestos
Normativa autonómica turística
Registro de vivienda turística
Comunicación de huéspedes
Tasas locales o autonómicas
Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, por lo que resulta fundamental revisar cada caso de forma individual.
¿Existe obligación aunque no haya alquiler?
Sí.
Cuando una vivienda pertenece a un no residente y no está alquilada, la Agencia Tributaria exige declarar una imputación de renta inmobiliaria.
Es decir, Hacienda entiende que el inmueble genera una renta “presunta” por el simple hecho de ser propietario.
Esta obligación también se presenta mediante el Modelo 210, normalmente una vez al año.
¿Qué ocurre si hay varios propietarios?
Si la vivienda pertenece a varios titulares, cada propietario debe presentar su propia declaración en proporción a su porcentaje de titularidad.
Por ejemplo:
Matrimonios
Herederos
Sociedades patrimoniales
Copropietarios extranjeros
Una gestión incorrecta de los porcentajes puede generar discrepancias con Hacienda.
Convenios de doble imposición: evitar pagar dos veces
España tiene firmados numerosos convenios de doble imposición con otros países.
Esto permite que, en muchos casos:
el contribuyente no tribute dos veces por la misma renta,
o pueda deducir en su país de residencia los impuestos pagados en España.
La correcta aplicación del convenio es clave para optimizar la tributación internacional del propietario.
Errores más frecuentes de los propietarios extranjeros
Entre las incidencias más habituales encontramos:
No presentar el Modelo 210
Declarar incorrectamente los ingresos
No aplicar gastos deducibles correctamente
Confundir alquiler turístico y residencial
No declarar periodos sin alquiler
Problemas con el certificado digital o notificaciones electrónicas
Desconocer las obligaciones autonómicas
Muchos propietarios descubren estas obligaciones cuando ya han recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria.
APF Consultores se encarga de toda la gestión fiscal
En APF Consultores ayudamos a propietarios extranjeros a cumplir correctamente con todas sus obligaciones fiscales en España.
Nos encargamos de:
Presentación del Modelo 210
Cálculo del IRNR
Aplicación de gastos deducibles
Gestión fiscal de alquileres turísticos
Asesoramiento a no residentes
Regularizaciones fiscales
Atención de requerimientos de Hacienda
Planificación fiscal internacional
Nuestro equipo especializado en fiscalidad inmobiliaria y no residentes ofrece un servicio integral, claro y adaptado a cada cliente.
Comprar una vivienda en España para alquilarla puede ser una excelente inversión, pero también implica obligaciones fiscales que no deben pasarse por alto.
Contar con asesoramiento profesional permite evitar errores, optimizar impuestos y garantizar el cumplimiento ante la Agencia Tributaria española.
Si eres propietario extranjero y alquilas una vivienda en España, en APF Consultores podemos ayudarte a gestionar todos tus impuestos de forma segura, sencilla y eficiente.
Extranjeros que alquilan una vivienda en España: todas las obligaciones fiscales que debes conocer
España sigue siendo uno de los destinos preferidos para compradores internacionales de vivienda. Muchos extranjeros adquieren un inmueble no solo para disfrutarlo durante determinadas épocas del año, sino también como inversión mediante el alquiler turístico o residencial.
Sin embargo, alquilar una vivienda en España implica una serie de obligaciones fiscales que conviene conocer desde el primer momento para evitar sanciones, recargos o problemas con la Agencia Tributaria.
Desde APF Consultores explicamos de forma clara cuáles son los impuestos y trámites que debe cumplir un propietario extranjero que obtiene rentas por alquiler en España.
¿Qué ocurre fiscalmente cuando un extranjero alquila una vivienda en España?
Cuando una persona no residente fiscal en España obtiene ingresos por el alquiler de una vivienda situada en territorio español, esos ingresos tributan en España, independientemente del país donde resida el propietario.
La fiscalidad dependerá principalmente de:
El impuesto principal: Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
El principal tributo que afecta a los extranjeros propietarios de inmuebles alquilados en España es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
¿Quién está obligado a presentarlo?
Todos los propietarios no residentes que obtengan ingresos por alquiler de inmuebles en España.
Incluso aunque el inmueble esté vacío durante parte del año, pueden existir obligaciones fiscales adicionales por imputación de rentas inmobiliarias.
¿Cuánto se paga?
Propietarios residentes en la Unión Europea, Islandia o Noruega
Tributan actualmente al:
Esto significa que pueden deducirse determinados gastos relacionados con el alquiler, tales como:
Propietarios residentes fuera de la Unión Europea
Tributan generalmente al:
En estos casos, con carácter general no pueden deducirse gastos.
¿Cada cuánto se presenta el impuesto?
La presentación del IRNR se realiza normalmente de forma:
Los plazos habituales son:
Una incorrecta presentación o la falta de declaración puede derivar en sanciones e intereses.
¿Y si la vivienda se alquila de forma turística?
Cuando el inmueble se destina al alquiler vacacional o turístico, las obligaciones fiscales pueden aumentar considerablemente.
Además del IRNR, pueden existir obligaciones relacionadas con:
Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, por lo que resulta fundamental revisar cada caso de forma individual.
¿Existe obligación aunque no haya alquiler?
Sí.
Cuando una vivienda pertenece a un no residente y no está alquilada, la Agencia Tributaria exige declarar una imputación de renta inmobiliaria.
Es decir, Hacienda entiende que el inmueble genera una renta “presunta” por el simple hecho de ser propietario.
Esta obligación también se presenta mediante el Modelo 210, normalmente una vez al año.
¿Qué ocurre si hay varios propietarios?
Si la vivienda pertenece a varios titulares, cada propietario debe presentar su propia declaración en proporción a su porcentaje de titularidad.
Por ejemplo:
Una gestión incorrecta de los porcentajes puede generar discrepancias con Hacienda.
Convenios de doble imposición: evitar pagar dos veces
España tiene firmados numerosos convenios de doble imposición con otros países.
Esto permite que, en muchos casos:
La correcta aplicación del convenio es clave para optimizar la tributación internacional del propietario.
Errores más frecuentes de los propietarios extranjeros
Entre las incidencias más habituales encontramos:
Muchos propietarios descubren estas obligaciones cuando ya han recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria.
APF Consultores se encarga de toda la gestión fiscal
En APF Consultores ayudamos a propietarios extranjeros a cumplir correctamente con todas sus obligaciones fiscales en España.
Nos encargamos de:
Nuestro equipo especializado en fiscalidad inmobiliaria y no residentes ofrece un servicio integral, claro y adaptado a cada cliente.
Comprar una vivienda en España para alquilarla puede ser una excelente inversión, pero también implica obligaciones fiscales que no deben pasarse por alto.
Contar con asesoramiento profesional permite evitar errores, optimizar impuestos y garantizar el cumplimiento ante la Agencia Tributaria española.
Si eres propietario extranjero y alquilas una vivienda en España, en APF Consultores podemos ayudarte a gestionar todos tus impuestos de forma segura, sencilla y eficiente.
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