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Cuáles son las Obligaciones de una empresa

30 octubre 2020 monica 0 Comments

Un empresario está obligado a dar al trabajador un empleo que tenga relación con su perfil profesional, sea un título de formación profesional, universitaria  o cualquier tipo de titulación a la que se haya solicitado. Otra de las obligaciones de una empresa es, garantizar las condiciones adecuadas, que permita al trabajador una asistencia a los programas de formación determinados de acuerdo con la actividad a desempeñar.

El empresario tiene también la obligación de cumplir con lo establecido en la normativa de prevención de riesgos laborales. Esta acción, permanente, tiene el fin de mejorar los niveles de protección existentes.

Obligaciones de los principios de salud laboral

Las obligaciones que se encuentran en los principios generales de la normativa en salud laboral, la LPRL define, en su art. 14 la obligación empresarial de proteger a los trabajadores frente a los peligros laborales y que fuerza al empresario a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con este.


La obligación del empresario cara a la prevención de riesgos se específica en una serie de acciones ordenadas y también integradas en la administración global del proceso productivo cuyos principios son:

  • Organizar la prevención en la empresa. La prevención en la empresa no puede darse si no hay alguien que se ocupe de ella, contando con los medios y la capacitación precisa.
  • Planificación: el empresario debe realizar por escrito el Plan de Prevención.
  • Diseñar una actividad sin riesgos: El principio de toda acción precautoria es eludir los peligros. El empresario debe cerciorarse de que los locales, las máquinas, los materiales y el sistema de organización del trabajo, no van a dañar la salud de los trabajadores/as.
  • Valorar los peligros que no se puedan evitar: Aquellos peligros que no hayan podido evitarse han de ser objeto de evaluación por parte del empresario. Hay que saber cuáles son esos peligros y dónde se encuentran, para poder supervisarlos de forma eficiente.

Además de estas obligaciones de la empresa hacia los empleados, existen otras de carácter obligatorio tanto para los propios empresarios como para sus empleados. Por ejemplo:

El sistema de la Seguridad Social tiene una naturaleza contributiva que se fundamenta en la financiación de los empresarios y los trabajadores.

El empresario tiene como obligación inscribir y registrar a los trabajadores que contrate y cotizar por ellos. Para luego ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores en las Tesorerías territoriales de la Seguridad Social.

Nota: La obligación de cotizar empieza en el instante en que se empieza la relación laboral y concluye con la extinción del contrato de trabajo.

Obligaciones de una empresa no son solo cuestiones legales

¿Alguna vez te has planteado que no es una cuestión sólo legal sino también de reputación e imagen?

Está claro que si incumplimos esos deberes y obligaciones a los que la ley nos obliga puede haber consecuencias. Pero, ¿y la confianza de los clientes? ¿Y la reputación de la empresa? ¿Cuál es el valor de que ésta caiga por los suelos?
Piensa por un momento en los activos de tu empresa. Quizás te vengan a la cabeza activos inmobiliarios, el listado de clientes, o bases de datos, o tal o cual tecnología, o tal o cual metodología.

En una situación en que la reputación de la empresa se ve dañada todo puede pender de un hilo.
Así que quizás no es descabellado pensar que la reputación de una empresa es el principal activo que tiene, el más importante, en el que se sustenta su supervivencia en el mercado.

Para eludir sanciones las obligaciones de la empresa son fundamentales

La manera más eficaz de eludir las sanciones es cumplir la regla.
Adelantarse a la legislación. Siendo proactivos y con un buen asesoramiento externo podemos adelantarnos a los posibles cambios legislativos que se generen. Resguardar y prosperar el activo reputacional de la empresa, como su imagen pública.


Cada caso es diferente y por este motivo lo mejor es someterse a un diagnóstico adaptado merced al que, con ayuda de especialistas en asesoramiento empresarial, se adviertan las obligaciones y necesidades legales.

Obligaciones fiscales de la empresa

Antes de comenzar la actividad empresarial:


El empresario debe presentar la declaración censal (modelo 36 o 37).
Registrarse en el Impuesto de Actividades Económicas (solo si está sujeto a este impuesto y se va a hacer en los modelos 840/848. Si está exento servirá con presentar el 36 o el 37.

Después de empezar con la actividad:

El empresario deberá presentar las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido trimestralmente (modelo 303) y un resumen anual (modelo 390)

Debe declarar sus ingresos:
Si tributa por el Impuesto sobre la Renta – IRPF (autónomos, sociedades civiles y comunidades de recursos sin personalidad jurídica); trimestralmente deberá realizar los pagos fraccionados a cuenta (modelos 130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100).


Si tributa por el Impuesto de Sociedades (sociedades mercantiles y sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil); trimestralmente deberá realizar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200).


Si efectúa pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados, o bien por realizar pagos a profesionales, por abonar rendimientos del capital mobiliario deberá presentar, (modelos111, 190).


Deberá también, efectuar la declaración anual de operaciones con terceros a lo largo del mes de marzo, cuando en el año anterior hayan efectuado operaciones con otra persona o entidad que en conjunto hayan superado los 3.006 €. Para este caso el modelo es el 347.

Una vez se finaliza la actividad empresarial:

El empresario, al finalizar su actividad empresarial deberá presentar la declaración censal (modelo 36 o 37) en el plazo de un mes.

También, por otra parte, presentar la baja en el Impuesto de Actividades Económicas, solo si está sujeto a este impuesto y se hará en los modelos 840/848.

Si está exento servirá con presentar el modelo 36 o el 37 en el plazo de un mes desde el cese de actividad.

Obligaciones contables en la empresa

El libro de inventarios y cuentas anuales comienza con el cómputo inicial detallado de la empresa en cuestión. Por lo menos, trimestralmente, se transcribirán con sumas y saldos los cómputos de comprobación. Asimismo, se transcribirán el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales.

El libro diario registra diariamente todas y cada una de las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Sin embargo, se considerará válida la anotación conjunta de los totales de las operaciones por periodos inferiores a un mes, siempre que aparezca en otros libros o registros, en concordancia con la naturaleza de la actividad tratada.


Las cuentas anuales han de ser redactadas con claridad, mostrando la imagen leal del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, conforme con las disposiciones legales. Por esta razón, en la contabilización de las operaciones, no solo se atenderá a su forma jurídica, sino más bien a su realidad económica.

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