LA RESERVA DE CAPITALIZACIÓN COMO INCENTIVO FISCAL DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
La reserva de capitalización constituye un nuevo incentivo fiscal, dirigido a favorecer la autofinanciación empresarial, recogida en el artículo 25 de la Ley del Impuesto de Sociedades, de ahora en adelante la LIS – Ley Impuesto de Sociedades, y viene a sustituir a:
- la deducción por inversión de beneficios
- a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
A diferencia de otros incentivos, la reserva de capitalización se articula como una reducción de la base imponible y no como una deducción de la cuota, y además no está condicionada a la materialización de ninguna inversión.
A grandes rasgos, consiste en recompensar la capitalización de las empresas mediante una reducción de su base imponible, o dicho de otra manera, como si se reducieran sus ingresos.
La condición es que los beneficios obtenidos permanezcan en la empresa incrementando las reservas durante un periodo de cinco años.
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