La diferencia entre impuestos directos e indirectos es la base sobre la cual se aplican. Mientras que los impuestos directos gravan la riqueza de las personas, los impuestos indirectos gravan la manera en que se emplea esta riqueza.
Los impuestos son las tributaciones o pagos que deben efectuar los ciudadanos al gobierno sin que este se halle obligado a entregarles una contraprestación directa. En una mayoría de países, los impuestos forman la fuente de recursos más relevante para el gobierno. De no contar con ellos seguramente no podrían financiar sus actividades ni tampoco las políticas sociales.
Impuestos directos e indirectos y sus categorías
Los impuestos se pueden dividir en diferentes categorías. Si consideramos la base sobre la que se aplican se dividen en impuestos directos o bien indirectos.
- Los impuestos directos, gravan el patrimonio, ingresos o una manifestación directa de la riqueza de la persona. De esta forma,estos pueden gravar casas, terrenos o sueldos, entre otras riquezas patrimoniales.
- Los segundos, los impuestos indirectos, gravan el empleo o bien la manifestación indirecta de la riqueza. De este modo, pueden gravar el consumo de recursos o servicios. En términos simples, los impuestos directos gravan lo que una persona tiene o bien ingresa. El impuesto de la renta, impuestos a sociedades o también impuestos a la riqueza y patrimonio, son algunos ejemplos esenciales de este impuesto. Los impuestos indirectos gravan la manifestación indirecta de la riqueza de las personas. Es precisamente por esto, que gravan el consumo y las transmisiones de recursos o derechos.
Impuestos directos en España
En el caso de España, los principales impuestos directos son los siguientes:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de mayo). En un caso así, el impositor debe declarar todas y cada una de las rentas de trabajo y capital que ha logrado a lo largo del periodo (ejercicio fiscal) y abonar un tributo sobre ellas.
- Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio). Se aplica sobre la renta lograda en el territorio nacional por parte de individuos que no tienen una vivienda en España.
- Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio). Se aplica sobre el beneficio neto que consiguen las compañías.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre).
- Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio, y Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre).
- Impuesto sobre Recursos Inmuebles. Se aplica sobre la posesión de una residencia.
- Impuesto sobre Actividades Económicas. Se aplica un tributo sobre la actividad emprendedora.
- Impuesto sobre Automóviles de Tracción Mecánica. Se paga un tributo por tener un vehículo.
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Impuestos indirectos en España
En el caso de España, los impuestos indirectos más relevantes son los siguientes:
- Impuesto sobre el Valor Añadido, el conocido como IVA. Se aplica sobre el gasto en recursos y servicios para consumo final.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Grava la circulación de recursos, los derechos y el gasto del dinero o bien la renta que tengamos.
- Impuestos especiales. Son impuestos que se aplican solo sobre el consumo de ciertos recursos o servicios como tabaco, alcohol, etc..
- Renta de Aduanas (Reglamento (CEE) 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario).
Otras características
Para que una contribución de una empresa o persona particular sea considerada como impuesto deberá cubrir ciertas características legales. Así, también debe tener los elementos normativos exigidos por los supuestos jurídicos.
Las características que tienen las contribuciones para ser considerados un impuesto son:
- Es la cantidad que forma una obligación.
- Han de ser establecidos por la Ley.
- Ha de ser proporcional y equitativo.
- Esta al cargo de personas físicas y morales.
- Que se hallan en la situación jurídica prevista por la Ley.
- Debe destinarse a cubrir los gastos públicos.
Los elementos de los impuestos tanto directos como indirectos son:
Hecho imponible: Debe existir una circunstancia de cuya realización depende el origen de la obligación fiscal.
Sujeto pasivo: El que tiene la obligación de abonar, es la persona natural o bien jurídica al que por la ley impone el cumplimiento de las posibilidades tributarias.
Sujeto activo: Es el Estado, quien se ve favorecido de forma directa por las contribuciones de los ciudadanos.
Base imponible: Es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación fiscal. Se trata de una cantidad de dinero, pero puede asimismo tratarse de otros signos, como el número de personas que viven en una residencia, litros de gasolina, litros de alcohol o bien número de cigarrillos.
Clase de gravamen: Es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el impuesto. Dicha proporción puede ser fija o bien variable.
Cuota tributaria: Es la cantidad que representa el impuesto y puede ser una cantidad fija o bien el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.
Deuda tributaria: Es el resultado de reducir la cuota con posibles deducciones y de aumentarse con posibles recargos.
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