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Que son los pagos fraccionados del impuesto de sociedades

28 septiembre 2021 monica 0 Comments

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Si tienes una empresa cuyo ejercicio económico coincide con el año natural, seguramente que has presentado entre el 1 y el 25 de julio el Impuesto de Sociedades con el modelo 200. Además, también sabrás que, durante el año, Hacienda exige realizar los 3 pagos fraccionados del impuesto de sociedades.

Los modelos que existen establecidos por la Agencia Tributaria para calcular los pagos fraccionados son los siguientes:

  • Modelo 202, es el modelo general
  • Modelos 222, es el que se utiliza para el régimen de consolidación fiscal

En plena pandemia del Covid-19, el gobierno aprobó el Real Decreto – Ley 15/2020 de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Otras medidas expuestas, ofrecía la posibilidad a las empresas, que así deseasen, optar por efectuar los pagos fraccionados del impuesto de sociedades, para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2020, a través de la modalidad del artículo 40.3 de la LIS.

Una vez finalizado el ejercicio 2020 y de cara a realizar los pagos fraccionados durante el ejercicio 2021, la Agencia Tributaria establece que: “para los periodos impositivos iniciados a partir de 2021 los contribuyentes que hubieran optado el año pasado por la modalidad del art. 40.3 LIS necesitaran la presentación en el mes de febrero de 2021 del modelo censal 036”.  Siendo así, la opción anterior solo era aplicada al ejercicio de 2020 y si desea continuar en 2021 con esa opción deberá comunicárselo y solicitar a Hacienda de nuevo.

 

Pagos fraccionados del impuesto de sociedades: ¿Cuántos hay que realizar durante un año?

pago fraccionado impuesto sociedades

La Agencia Tributaria, establece que son 3 los pagos fraccionados que se deben realizar durante un año. El primer pago en abril, el segundo pago en octubre y el tercero pago en diciembre. Se debe presentar el modelo entre los días 1 y 20 de cada uno de los meses indicados anteriormente.

Existen dos modalidades para calcular el pago fraccionado:

  • Modalidad general regulada en el artículo 40.2 LIS – En este caso, el pago fraccionado del impuesto de sociedades se calcula aplicando el 18% sobre la cuota íntegra del último período impositivo.
  • Modalidad especial regulada en el artículo 40.3 LIS – Esta modalidad es obligatoria para aquellas empresas que tengan un importe neto de la cifra de negocios superior a los 6.000.000 euros. Este sistema es más complejo que el general. Por esta razón te aconsejamos que cuentes con expertos en la materia y que dejes en sus manos el cálculo de los pagos fraccionados del impuesto de sociedades.

¿Cómo se calculan los pagos del impuesto de sociedades?

Como base se tomará la parte de la Base Imponible de los 3, 9, u 11 meses del año natural. Hay que tener en cuenta, en cada caso, los limites para la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.

Si el periodo impositivo no coincide con el año natural, hay que tomar en cuenta la Base Imponible la de los días transcurridos desde el inicio del período impositivo, hasta el día anterior al inicio del periodo señalado, es decir, (hasta el 31 de marzo, 30 de septiembre y 30 de noviembre).

En este caso ya no se aplica el 18% como se hace para calcular los pagos fraccionados por el sistema general. El porcentaje varía según las siguientes circunstancias:

  • La cifra de negocio de la empresa es al menos de 10.000.000€. El porcentaje será 19/20 por el tipo de gravamen redondeado por exceso.
  • La cifra del negocio de la empresa es menor de 10.000.000€. El porcentaje será 5/7 por el tipo de gravamen redondeado por defecto a la unidad anterior.

Una vez definido el porcentaje tendrás que aplicarlo a la base de pago fraccionado. La mejor forma para no equivocarse es contratar los servicios de un asesor fiscal experto en estos temas.

¿Cómo realizar la presentación de los pagos fraccionados?

pagos fraccionados is

La presentación de los pagos fraccionados se realiza por vía electrónica, obligatoriamente. Lo podemos hacer a través de la web de la propia Agencia Tributaria. Pero, nuestro consejo es que, para la elaboración y presentación de este impuesto, te pongas en manos de un gestor fiscal. El modelo a complementar tiene demasiadas consideraciones y casos especiales. Principalmente si optas o estás obligado a presentar los pagos fraccionados por la opción del artículo 40.3.

Además, la mayoría de los gestores cuentan con un software fiscal desde el que elaborar los impuestos. Estos programas están siempre actualizados para la presentación de los impuestos y al día con la normativa fiscal y tributaria.

 

Preguntas frecuentes

¿Cómo contabilizar los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades?

Una vez realizada la presentación correspondiente y efectuado el pago, hay que reflejarlo en la contabilidad por medio de un asiento contable.

¿Para qué sirve el modelo 202?

El modelo 202 se utiliza para realizar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre las sociedades. Debe ser presentado obligatoriamente por Internet. Puede ser el propio declarante hacerlo o bien, un tercero, por ejemplo, APF Consultores.

¿Cuáles son las casillas que hay que rellenar en el modelo 202?

Existen varios bloques de casillas que se deben cumplimentar:

  • Datos identificativos
  • Indicación de la fecha con el devengo de los pagos fraccionados
  • Datos relacionados con regímenes que se aplican específicamente a ciertas empresas
  • Otro bloque de información adicional referente a importes que influyen en la liquidación
  • Los bloques para indicar que se trata de una autoliquidación complementaria o una negativa
  • Datos relacionados con la forma de pago

También existe otro anexo que solo se rellena si se tiene más de 10 millones de euros de importe neto de la cifra del negocio.

¿Qué consecuencias tiene no presentar el modelo 202?

No presentar este modelo acarrea sanciones. Por eso, es conveniente resolver cualquier duda con un asesor fiscal y también, disponer de herramientas adecuadas que permitan mantener la información contable al día.

Puedes también leer nuestra guía relacionada con las obligaciones fiscales de una empresa. Para cualquier duda llámanos:

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