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Ventajas de contratar a un autónomo
Con las constantes crisis económicas que atraviesan los países, principalmente España, muchas empresas apuestan por contratar autónomos en lugar de trabajadores asalariados. Para una empresa, las ventajas de contratar un autónomo, son muchas y la principal es que, es más barato para la empresa optar por este tipo de trabajador. Cierto es, que estas ventajas son mayores para las empresas, pero no tanto para los propios autónomos.
Con la crisis económica muchos autónomos se dieron de baja por problemas para llevar adelante su negocio, pero a pesar de todo, una gran cantidad de personas optó por hacerse autónoma y buscar en el autoempleo una nueva opción para salir adelante. En el año de 2013 el gobierno aprobó la llamada ‘tarifa plana’ para los autónomos, que en esa fecha era de 50€ mensuales, y estando mal el mercado de trabajo, miles de personas se hicieron autónomos.
Contratar a un autónomo es más barato
La principal ventaja que representa para la empresa, la contratación de un autónomo, es que el coste para la empresa es muy inferior a contratar a un trabajador asalariado. Si se contrata a un trabajador asalariado las cotizaciones a la Seguridad Social son más altas.
Al contratar un autónomo, el trabajador es el que pagará las cuotas a la seguridad social y también los impuestos y sus vacaciones no son remuneradas. En ciertos casos el empresario está dispuesto a abonar la cuota de autónomos, puesto que, de esta forma sigue siendo más económica que las cuotas de la seguridad social de un trabajador convencional.
El empresario también ahorra, pagar las bajas y los permisos por maternidad o cualquier otra justificación a la que tiene derecho un trabajador asalariado.
Relacionado con la fiscalidad, los honorarios que paga la empresa al autónomo representan un gasto fiscalmente deducible para su empresa, en concepto de Servicios Profesionales Independientes. O sea, el salario del autónomo al convertirse en factura deja al empresario desgravarse el IVA en sus declaraciones cada trimestre.
Otras ventajas de contratar a un autónomo
Otra de las ventajas de contratar a un autónomo es que existen menos ataduras administrativas por parte de la empresa. Un autónomo no suele tener un contrato y el trabajador asalariado sí. Salvo en la figura del TRADE, (Trabajadores autónomos económicamente dependientes). Este tipo de trabajador es aquel que factura más de un 75% de sus ventas a un solo cliente. Esta figura, que se aprobó con el Estatuto del Trabajo Autónomo ha dado lugar a bastante controversia.
Los autónomos son los encargados de hacer sus facturas y llevar su propia gestión. Pero si la empresa tuviera contratado a un asalariado, sería esta la que hacía frente a todas las gestiones relacionadas con su alta en la seguridad social, y de pagar sus cotizaciones.
Cómo darse de alta como autónomo
Lo primero es hacer la declaración de alta censal. Para eso hay que presentar el modelo 036, que es el más habitual, o bien el modelo 037, que es el más «simplificado» pero solo para quienes cumplan una serie de condiciones.
Dos formas de darse de alta:
Presencial – Si no tienes certificado digital para hacerlo online, debes llevar la solicitud personalmente a tu oficina de la Agencia Tributaria y presentarlo correctamente rellenado para darte de alta como autónomo.
Puedes descargarte el modelo 036 o rellenarlo en la página web de Hacienda directamente, luego generar un fichero PDF e imprimirlo para llevarlo a Hacienda junto con tu DNI original y una fotocopia.
Alta online – Si ya tienes certificado digital o Cl@ve PIN, entonces puedes presentar el modelo 036 de forma telemática, para darte de alta como autónomo, directamente online.
Puedes rellenar la solicitud y presentarla desde la página de Hacienda con tu certificado electrónico o Cl@ve PIN.
Técnicamente es la “Afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos” (RETA) de la Seguridad Social y se hace a través del modelo TA521. Este documento es con el que le indicas a la Seguridad Social que eres autónomo.
Preguntas frecuentes
P: ¿Por qué las empresas contratan trabajadores autónomos?
R: Las empresas suelen contratar los servicios de trabajadores autónomos independientes, en lugar de empleados asalariados, cuando necesitan incorporar habilidades o perfiles específicos a sus equipos de trabajo. Es muy posible que una empresa también recurra a trabajadores autónomos si tienen una gran carga de trabajo puntual o reciban un proyecto especializado.
P: ¿Se puede ser autónomo y asalariado a la vez?
R: ¡Sí! Se puede ser autónomo y ser asalariado a la vez. Muchos trabajadores autónomos eligen esta opción para evitar posibles dificultades económicas o para ampliar su cartera de clientes. Iniciarse en una actividad como autónomo mientras se trabaja para una empresa es una buena forma de poner en marcha un negocio y hacer la transición para convertirse en su propio jefe.
P: ¿Son autónomos todos los trabajadores independientes?
R: La mayoría de los trabajadores por cuenta propia opta por establecerse como autónomo, ya que es la alternativa más fácil y rentable para quienes acaban de empezar. Sin embargo, hay otras fórmulas jurídicas a las que pueden acogerse los trabajadores por cuenta propia, como las sociedades de responsabilidad limitada o las cooperativas.
P: ¿Puede una empresa contratar a un autónomo en plantilla?
R: En el mercado laboral actual existen varios tipos de contratos, condiciones y cláusulas. Esto se conoce como flexibilidad laboral. Entre los autónomos, también encontramos diferencias, desde el falso autónomo pasando por la figura del TRADE. Esta figura potencia un tipo de trabajador que, aunque puede ser independiente a la hora de trabajar con distintas empresas, estará ligado a un empresario por un contrato permitiendo una interesante relación tanto para los autónomos como para las empresas. Esta es la forma legal por la cual una empresa puede contratar un autónomo.
P: ¿Cuáles son las ventajas de ser autónomo económicamente dependiente?
R:
El autónomo económicamente dependiente, a pesar de trabajar para un cliente principalmente, desarrolla su actividad con criterios organizativos propios. No están establecidas unas horas máximas de trabajo ni de descanso entre jornadas. Por regla general, en el contrato se suelen estipular los descansos semanales y los días festivos.
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